DILIGENCIA DE APERTURA
El artículo 7 del decreto ejecutivo No. 34
del 6 de abril de 1998 establece que los libros utilizados para los registros
de contabilidad deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar encuadernados
- Estar debidamente foliados de manera pre impresa
- Consignar en la primera página o folio, la persona titular y /o responsables, una Diligencia de Apertura con la siguiente información.
Como ejemplo que
se ha procedido con Diligencia de apertura del Libro Diario de la empresa ZAIDZAP,
S.A.
MULTAS
y SANCIONES
La Ley6 del
febrero de 2005, establece la norma por el incumplimiento de mantener
actualizado los registros de contabilidad.
Artículo 28. El artículo 754 del Código Fiscal queda así:
Artículo 754.
…..
La sanción por no tener registros de contabilidad al día,
corresponderá a una multa de 100 balboas (B/.100.00) a quinientos balboas
(B/.500.00) por cada mes de atraso. Se entiende que dichos registros deben
estar actualizados dentro de los sesenta (60) días siguientes al cierre de cada
mes.
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